El beneficio de pensión de sobrevivientes, también llamado Pensión por Defunción, es un beneficio monetario libre de impuestos, que se pagará al cónyuge sobreviviente de bajos ingresos, no vuelto a casar y/o al/los hijo/s soltero/s de un Veterano fallecido durante el servicio en tiempo de guerra.
El Veterano fallecido debe de haber cumplido con los siguientes requerimientos de servicio:
La Pensión de Sobrevivientes también se basa en su ingreso familiar anual, el que deberá ser inferior a la cantidad fijada por el Congreso para la solicitud del beneficio.
Mientras que un cónyuge no vuelto a casar es elegible a cualquier edad, un hijo de un Veterano fallecido durante la guerra debe ser:
Su ingreso familiar anual debe ser inferior a la cantidad fijada por el Congreso para calificar por el beneficio de Pensión de Sobrevivientes. Más información sobre ingresos y limitación por poder adquisitivo, y ejemplo de cómo VA calcula el beneficio de la Pensión de Sobrevivientes.
Para solicitar la Pensión de Sobrevivientes, descargue y complete el formulario VA 21P-534EZ, “"Solicitud de DIC, Pensión por Defunción, y/o Beneficios Acumulados” y envíela por correo a su oficina regional local de beneficios .
También puede visitar su oficina regional local de beneficios y entregar la solicitud para su procesamiento. Usted debe enviar la solicitud completa y copia de cualquier otro documento a la encontre la oficina de su jurisdicción.
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U.S. Department of Veterans Affairs | 810 Vermont Avenue, NW Washington DC 20420
Last updated January 12, 2024